martes, 14 de abril de 2020


Nuestros derechos en tiempos de emergencia

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¿Qué entendemos por derecho?
¿Cómo demostramos que conocemos nuestros derechos
¿En qué espacios podemos ir construyendo los derechos?
En esta guía encontraremos respuestas a estas
y a otras preguntas.
¡Empecemos!


Estimado estudiante, en estos momentos el país y el mundo están atravesando una situación de emergencia sanitaria debido al coronavirus (COVID-19). Desde el diagnóstico del primer caso en el Perú, se han implementado una serie de medidas que debemos cumplir para preservar nuestra salud, la de nuestros familiares y la de la sociedad. Sabemos que tu vida y la de tus familiares se han visto alteradas por esta situación, que solo podrá superarse con el compromiso y colaboración de todos. Sin embargo, en este marco de derechos y deberes no todos lo están cumpliendo. Habrás escuchado muchas noticias sobre personas que no acatan las disposiciones, asisten irresponsablemente a fiestas, no ponen en práctica las medidas de prevención, etc.

situación inicial

Toma en cuenta las siguientes preguntas y anota tus conclusiones en el portafolio:
¿He sido víctima de vulneración de alguno de mis derechos?
¿Qué derechos conozco que estén relacionados con mi vida?
¿Cuáles son mis deberes como ciudadano?

Desarrollo

Definición de derechos humanos

Como has visto, el cumplimiento de nuestros derechos es un aspecto fundamental para que se respeten nuestras costumbres, ideas y formas de vida. Sin embargo, en muchas ocasiones somos víctimas de situaciones que vulneran estos derechos.

Pero ¿sabemos qué son los derechos humanos? ¿Cuál es la historia de los derechos humanos? ¿Quiénes protegen nuestros derechos humanos? ¿Cómo se relacionan los derechos con los deberes?

Para entender mejor los derechos humanos, primero debemos conocer acerca de su historia.

Acepciones del concepto
Como muchos conceptos, el término derecho tiene múltiples acepciones o formas de entenderlo. Esto va a depender del enfoque que se maneje y de las corrientes filosóficas que sustenten dicha concepción. A continuación, te presentamos tres acepciones de derecho.

Acepción 1
El Derecho es el conjunto de normas jurídicas generales positivas que surgen de la sociedad como un producto cultural generado dentro de leyes y que tiene la finalidad de regular la convivencia entre los miembros de esa sociedad –las personas– y de estos con el Estado.

Acepción 2
El derecho incorpora unos valores a la sociedad, valores que fundamentalmente son dos: la justicia y la seguridad jurídica.

Acepción 3
Es el orden e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter.

El Perú, un Estado de Derecho

El Estado de Derecho de forma breve se refiere a todo Estado en la cual el ejercicio del poder se encuentra regulado por un sistema jurídico legítimo y vigente. Para comprender este concepto entonces, es de vital importancia entender que el sistema jurídico (Constitución Política, leyes, reglamentos, etc.) regula todo tipo de ejercicio de poder en el Estado y la nación.


El Estado de Derecho se manifiesta cuando las instituciones, autoridades políticas y los poderes del Estado se encuentran sometidos y gobernados por un sistema jurídico preexistente y aprobado por voluntad popular de la nación.

Podemos decir que entre las principales características que identifican el concepto de Estado de Derecho de manera general se encuentran:

Control y fiscalización de los poderes públicos
División de poderes

Obligatoriedad del derecho respecto al Estado

Se garantizan los derechos y libertades fundamentales frente a los ciudadanos

La supremacía de la Constitución

¿Qué son los derechos humanos?

Los derechos humanos son fundamentales para poder vivir en libertad, justicia y paz. De esa manera, los derechos humanos protegen a todos los seres humanos por igual, sin ninguna restricción por situación económica, política, religiosa, de género, etc. que puede limitar el goce de estos derechos.

Los derechos humanos también definen las relaciones entre las personas y las estructuras de poder, especialmente el Estado, pues suponen un conjunto de medidas que las protegen frente a cualquier situación de abuso o vulnerabilidad.

Este cuerpo de derechos universales supone obligaciones que las personas y Estados debemos asumir para que se cumplan. Además, el Estado debe adoptar medidas que respeten, protejan y promuevan el cumplimiento de estos derechos.

En el Perú, la Constitución Política reconoce y protege estos derechos. En ese sentido, las leyes y tratados que el Estado peruano suscriba deben estar acordes con ellos.

Declaración Universal de los Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos, es un documento que marca un hito en la historia de los derechos humanos. Redactada por representantes de gran parte de las naciones del mundo de diferentes culturas y tradiciones jurídicas, la Declaración fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, el 10 de diciembre de 1948 en su Resolución 217 A (III) como un ideal común para todos los pueblos y naciones. Estableció, por primera vez, derechos humanos fundamentales que deben protegerse universalmente. Desde su aprobación en 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos se ha traducido a más de 501 idiomas.  Es el documento más traducido del mundo, y ha servido de inspiración para las constituciones de muchos nuevos Estados independientes, así como para numerosas nuevas democracias.

¿Cuáles son las características fundamentales de los derechos humanos?

Las características fundamentales de los derechos humanos proclamados en la
Declaración Universal de los Derechos Humanos son las siguientes:

Son universales

Los derechos humanos son universales porque están basados en la dignidad de todo ser humano, con independencia de su cultura, el sexo, el origen étnico o social, la religión, el idioma, la nacionalidad, la edad, la discapacidad o cualquier otra característica distintiva.

Son inalienables

Los derechos humanos son inalienables: ninguna persona puede ser despojada de sus derechos humanos, salvo en circunstancias legales claramente definidas.

Por ejemplo, el derecho de una persona a la libertad puede verse restringido si un tribunal la declara culpable de un delito al término de un juicio imparcial.

Son indivisibles e interdependientes

Dado que cada derecho humano trae consigo otros derechos humanos y depende de ellos, la violación de un derecho afecta al ejercicio de otros. Por ejemplo, el derecho a la vida presupone el respeto del derecho a los alimentos y a un nivel de vida adecuado.

Clasificación de los derechos humanos

Los derechos humanos se han clasificado de diversas formas, de acuerdo a criterios como su naturaleza, su origen o su contenido. Sin embargo, la más aceptada es la clasificación de carácter histórico, es decir, clasifica los derechos en relación a la época en que surgieron o fueron reconocidos por los Estados.

De acuerdo a esta clasificación, tenemos tres generaciones de derechos:

Los de primera generación se denominan derechos civiles y políticos.

Los de segunda generación se denominan derechos económicos, sociales y culturales.
 
Los de tercera generación se denominan derechos colectivos.

Es importante destacar que, si bien es cierto, los derechos humanos se agrupan en generaciones; esto no implica que se reconozca que algunos de ellos sean más importantes que el resto, puesto que todos los derechos se centran el reconocer y defender la dignidad humana.

Lee las siguientes explicaciones de cada generación de derechos, que presentamos a continuación.

ACTIVIDAD 1

Elabora un Organizador creativo sobre tus derechos.
¡Sé creativo y organiza lo producido utilizando el material que tengas a tu alcance! No te olvides de guardar tu producción en el portafolio.